COLOM GONZÁLEZ, Francisco y LÓPEZ SALA, Ana (2011): ¿Hacia una sociedad post-secular? La gestión pública de la nueva diversidad religiosa, Zaragoza, Fundación Manuel Giménez Abad

Por Xabier Riezu
Universidad de Deusto

COLOM GONZÁLEZ, Francisco y LÓPEZ SALA, Ana (2011): ¿Hacia una sociedad post-secular? La gestión pública de la nueva diversidad religiosa, Zaragoza, Fundación Manuel Giménez Abad
28 de Septiembre de 2016

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¿Hacia una sociedad post-secular? La gestión pública de la nueva diversidad religiosa, obra coordinada por Francisco Colom González y Ana López Sala, ambos miembros del Centro de Ciencias Humanas y Sociales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, recoge las ideas debatidas en un seminario celebrado en octubre de 2010 en el Palacio de la Aljafería de Zaragoza bajo el auspicio de la Fundación Manuel Giménez Abad, la Fundación Canadá y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

El trabajo parte de una constatación reiterada por multitud de autores y que parece ya asumida en el debate sobre el papel de la religión en sociedades modernas: la idea de que un relato de la secularización en términos de privatización y disminución del hecho religioso no es ya sostenible. No solo por la irreductibilidad que muestran las formas tradicionales de religión o porque las religiones se niegan a renunciar al papel público que legítimamente pueden desempeñar, sino porque, además, los procesos migratorios han propiciado una mayor diversidad de credos, con la consiguiente manifestación pública de diversidad de filiaciones, generando debates de nuevo cuño sobre el lugar y la gestión de lo religioso en nuestra sociedad.

En los últimos años multitud de obras han intentado desde diferentes perspectivas aportar luz sobre este fenómeno de creciente diversidad religiosa en el espacio público —no hace falta más que echar un vistazo a la lista de reseñas bibliográficas del Observatorio del Pluralismo Religioso en España para comprobarlo—. El trabajo que ahora nos ocupa lo consigue en un doble sentido: por una parte, ofrece un diagnóstico del contexto actual de la postsecularidad que, si bien no aporta novedades, recoge el estado actual de la cuestión. En segundo lugar, reúne un conjunto de análisis de cuestiones relacionadas con la gestión pública de la diversidad, centrándose en el caso canadiense, lo cual resulta particularmente interesante por el interés que Canadá suscita para cualquier interesado en la sociología de la religión y en el debate sobre la gestión de la diversidad: un país con un alto nivel de pluralismo religioso y también un alto nivel de participación religiosa, pero con una región —Quebec— cuya evolución ha seguido más bien el patrón europeo. Es sabido también que Canadá constituye una referencia en la discusión sobre políticas multiculturales y de reconocimiento de minorías. Ahí reside la principal fortaleza de la publicación.

El primer capítulo de Valeriano Esteban es un buen resumen del debate en torno al «paradigma de la secularidad» y su crisis. Un paradigma que hunde sus raíces en la propia génesis de la disciplina sociológica —Comte, Marx, Durkhem, Weber, etc.— y que vive su época dorada en los años 60 en formulaciones ya clásicas como las de Berger, Luckman o las de los autores funcionalistas. En los años 70 llegan las matizaciones y en los años 80 la confrontación es ya total en todos los frentes del paradigma: la tesis del «desencantamiento del mundo» es ampliamente cuestionada, así como el de la privatización de la religión e incluso el de la decadencia de las prácticas religiosas. Debido indudablemente a las limitaciones de espacio, en el texto faltan autores y contribuciones importantes, y tampoco se mencionan las particularidades del caso español, pero no será fácil encontrar un mejor resumen en tan pocas páginas que permita al lector no familiarizado conocer el itinerario que ha seguido el análisis sociológico del tema.

Más controvertida resulta la contribución de Ángel Rivero. Su capítulo «La vuelta de la religión a la política en Europa» recoge un diagnóstico del resurgir religioso que pone el acento en sus expresiones más conflictivas: el terrorismo, la teología política de carácter militante y revolucionario del tipo iraní, y un Islam que «quiere de nuevo marcar la vida de las comunidades» en Occidente. El autor rechaza las visiones que contraponen la religión tradicional frente al progreso y la civilización, pero lo hace para devaluar a esta última señalando las raíces cristianas del discurso universalista de la ilustración —tesis controvertida pues parece confundir la génesis particular de la razón ilustrada con su validez y legitimidad—. Para conjurar el conflicto religioso pronosticado por Samuel Huntigton en su teoría del «choque de civilizaciones», la opción más plausible sería la de un pragmatismo que se reconoce de raíz cristiana, que de entrada se amputa a sí misma cualquier fundamentación basada en una racionalidad intersubjetiva, pero que busca un reconocimiento de las identidades como forma de apaciguamiento. No resulta sorprendente que, desde esta visión de las religiones, el autor no sea optimista respecto a las posibilidades de evitar el conflicto.

Carlos Alberto Patiño explica en su capítulo «Los fundamentalismos religiosos como síndrome antimoderno» el ascenso del vocablo «fundamentalismo» en los últimos tiempos. Este término se ha convertido hoy en una etiqueta que describe una gama de paradójicas reacciones religiosas que combinan idearios antimodernos con el recurso a medios de organización y difusión modernos. Fenómenos complejos que «aunque se los tiene por inherentemente conservadores, en realidad sus ideas y sus pautas de movilización son altamente innovadoras». Resulta de interés la forma en la que el autor contrasta el fundamentalismo islamista, del que hoy tanto se habla, con otros fundamentalismos históricos que en los últimos dos siglos se han manifestado en el contexto cristiano protestante y católico, entre ellos, el integrismo católico decimonónico que, en España, evolucionó hasta el nacional-catolicismo.

La segunda parte del libro está dedicada al tema de la gestión pública de la nueva diversidad religiosa y recoge cuatro estudios específicos cuyo nexo es el caso canadiense. Solange Lefebvre ofrece una lectura comparada de cuatro informes oficiales que han marcado las políticas sobre diversidad en Reino Unido, Francia, Quebec y Bélgica. El trabajo permite un contraste de los modelos de integración, en el plano de los principios, entre esos cuatro países. Todos ellos comparten valores como la igualdad de las personas, el respeto y la consideración hacia las diferencias, o la cohesión y la convivencia en torno a un proyecto común, pero a partir de ese acuerdo común surgen notables diferencias. El modelo francés se desmarca del resto, abogando por poner límites a la expresión pública de particularidades —por ejemplo, mediante la prohibición expresa del hijab en los colegios— y afirmando la prioridad de la laicidad republicana frente el reconocimiento de las particularidades. Se trata de una «laicidad restrictiva», en contraposición con la «laicidad abierta» por la que postulan los modelos británico o quebequés.

Avigail Eisenber ofrece un capítulo sobre una cuestión en pugna en los tribunales de la Columbia Británica –provincia en el extremo oeste de Canadá–: el derecho de ciertas comunidades fundamentalistas que se autodenominan mormonas a conservar prácticas poligámicas. En Canadá la poligamia está penalmente castigada desde 1890, pero en la comunidad de Bountiful residen unas 1.200 personas pertenecientes a una escisión de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días originada precisamente por negarse a renunciar a la poligamia. En los últimos años, estos grupos fundamentalistas han luchado porque se les reconozca el derecho a la poligamia «como un estilo de vida elegido» y, según este trabajo, un número cada vez mayor de académicos y de grupos de interés público los apoyan. El propio título del capítulo resulta muy significativo al referirse a la «discriminación pública de la identidad religiosa» y a la «criminalización de las prácticas poligámicas de los mormones en Canadá». La autora, profesora de la Universidad de Victoria en Canadá, propone una serie de criterios que podrían tenerse en cuenta para determinar la conveniencia o no de avalar este tipo de prácticas o decidir en otras controversias. El mero hecho de formular el caso sin predeterminar una respuesta de antemano, refiriéndonos a una práctica que implica relaciones de género discutibles, puede resultar cuestionable para algunos lectores.

Denise Helly aborda en su capítulo las diferentes formas de la intolerancia hacia las religiones, particularmente hacia el Islam. Se centra en el caso canadiense pero el análisis sería fácilmente extrapolable a otros países. Su interés no está tanto en las expresiones abiertas de odio religioso, sino en discursos que conformarían un «nuevo orientalismo» que distribuye, según la autora, estereotipos y prejuicios paternalistas. Dos ejemplos: el estereotipo que atribuye a las mujeres musulmanas un estatuto de inferioridad, ignorancia y aislamiento, y la idea de que los musulmanes se niegan a institucionalizar la autoridad del Estado sobre la religión. Ambos prejuicios ignoran la diversidad interna y los debates existentes en torno a estas cuestiones en el mundo musulmán. La autora también analiza las diferentes y complejas formas en las que los estados seculares europeos han articulado sus relaciones con la religión —que en pocos casos se basan en una tajante separación entre religión y poder civil—, para señalar que el discurso que demanda una purificación del Estado en sentido laicista esconde en realidad el deseo de negar la libertad religiosa a las minorías.

Por último, Francisco Colom analiza la cuestión del «pluralismo jurídico de base identitaria», es decir, las demandas de minorías étnicas y religiosas que reclaman un reconocimiento oficial para prácticas jurídicas como la mediación o el arbitraje basado en códigos religiosos. En el Reino Unido, la mera sugerencia por parte del arzobispo de Canterbury de que en determinados casos, como el derecho marital o la regulación de transacciones financieras, los musulmanes pudieran optar por una regulación religiosa provocó el pavor a un eventual imperio de la sharia en el país. El capítulo ayuda a comprender la complejidad del debate, aclarando, por de pronto, que el pluralismo jurídico –también el de base identitaria—es de hecho una realidad en muchos países occidentales —arbitrajes voluntarios, tribunales rabínicos, tribunales canónicos, etc.— y que en muchos otros los tribunales de justicia han tenido que decidir sobre el reconocimiento de decisiones tomadas en instancias paralegales religiosas —por ejemplo, en el caso de demandas relacionadas con la dote que estipula el matrimonio musulmán— . Colom señala las potencialidades de estas prácticas y las posibilidades de acomodarlas dentro de los marcos legales, sin esconder por ello los riesgos de discriminación y falta de control democrático que acarrean. Sin posicionarse a favor ni en contra, el autor reclama que cualquier eventual legitimación de prácticas de este tipo deberá producirse empleando argumentos válidos en el debate público de las sociedades democráticas.

En suma, el volumen es una interesante contribución al debate sobre la gestión pública de la nueva diversidad religiosa en el actual contexto post-secular. Sus autores reflejan presupuestos diversos sobre la religiosidad contemporánea y manifiestan también, por consiguiente, visiones diferentes sobre el papel de las religiones en nuestras sociedades. Los componentes controvertidos del libro —los hay varios y en diferentes sentidos— hacen de él una lectura aún más sugerente.

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