PONS-ESTEL TUGORES, Catalina (coord.) (2013): La libertad religiosa en España y la Comunidad Judía Balear, Madrid, Publicaciones Delta

Por Antoni Bennàssar Moyà
Abogado y profesor de la Universistat de les Illes Balears

PONS-ESTEL TUGORES, Catalina (coord.) (2013): La libertad religiosa en España y la Comunidad Judía Balear, Madrid, Publicaciones Delta
26 de Marzo de 2013

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La presente recensión versa sobre el libro recientemente publicado (Madrid, 2013) por Publicaciones Delta bajo la denominación La libertad religiosa en España y la Comunidad Judía Balear, obra coordinada por la Dra. Catalina Pons-EstelTugores, profesora asociada de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universitat de les Illes Balears (UIB).

El trabajo de investigación publicado es fruto, en buena medida, de unas interesantes jornadas celebradas en la UIB el 26 de octubre de 2012, versando su temática sobre la aplicación del Acuerdo entre el Estado y la Federación de Comunidades Judías de España de 1992 en las Illes Balears. De esta manera, buena parte de los temas tratados en dichas jornadas científicas, los vemos reproducidos en la monografía en cuestión.

La obra enunciada trae a colación un tema que, no por desconocido en el resto del Estado español, no deja de tener una actualidad y trascendencia enorme en la comunidad balear: la cuestión de los judíos conversos en las Islas. De esta manera, la monografía recensionada, es el resultado de largas décadas de estudio de una cuestión que, ni mucho menos está olvidada, en el seno de la sociedad isleña.

La libertad religiosa en España y la Comunidad Judía Balear es una obra colectiva que podemos estructurar en tres grandes bloques. Por una parte, el primer bloque va referido al análisis genérico a nivel estatal de las relaciones entre las comunidades judías y el Estado español. Así, este bloque viene representado por dos capítulos de la obra: de una parte el titulado La libertad religiosa en España del catedrático de Derecho Eclesiástico de la Universidad Autónoma de Madrid, Dr. Isidoro Martín Sánchez, y, de la otra, el capítulo que lleva por título La Federación de Comunidades Judías de España y su acuerdo de cooperación con el Estado Español (XX Aniversario), del profesor titular de Derecho Eclesiástico de la Universidad Autónoma de Madrid, Dr. Marcos González Sánchez.

Este primer bloque trata la libertad religiosa en España y, en especial, el profundo cambio acaecido tras la aprobación de la Constitución de 1978; y, como es obvio vista la temática de la monografía, de las especialidades derivadas de los acuerdos que, en aplicación del derecho constitucional a la libertad religiosa, se derivan de los acuerdos celebrados entre el Estado y la Federación de Comunidades Judías de España justo a los veinte años de su firma (1992-2012). Se trata de una síntesis introductora a las bases normativas que rigen las relaciones entre la religión judaica en España y los Poderes Públicos. Una interesante introducción que nos permitirá situarnos en la situación vigente de las relaciones entre los representantes institucionales del judaísmo en España y las Administraciones Públicas españolas. Hago servir, adrede, la expresión “Poderes” y “Administraciones” en plural ya que se debe hacer decaer, en mi opinión, la vetusta visión centralista de las relaciones entre confesiones religiosas y el poder constituido. De esta manera, se debe afrontar el estudio de las relaciones religiosas desde una perspectiva global y tridimensional: Estado central, Comunidades Autónomas y Entidades Locales. En un Estado compuesto como es el español se hace imprescindible ver el análisis de la incardinación social, jurídica y política de un fenómeno religioso particular desde esta triple mirada si no se quiere caer en una visión sesgada, y, por tanto parcial, de cualquier confesión, incluida, como es obvio en el caso que nos ocupa, la judaica. Así, se hace especialmente relevante una obra como la que analizamos que trata el fenómeno religioso del judaísmo desde una perspectiva eminentemente autonómica (en este caso, balear).

Siguiendo lo expuesto, debemos decir que el segundo gran bloque del libro objeto de análisis es el de los capítulos III y IV de la obra que tratan, desde una perspectiva histórica, la presencia de los judíos en Mallorca y, en especial, el segundo de los capítulos citados, que aborda el fenómeno “chueta” que tanta literatura ha generado, en las Islas, y fuera de ellas. El tercer capítulo de la monografía corre a cargo del Dr. Jorge Maíz Chacón, profesor del centro asociado de la UNED en las Illes Balears, teniendo por título Breve Historia de la Presencia Judía en Mallorca, que intenta ser un análisis sucinto y sintético (inevitablemente por las dimensiones del propio estudio) del judaísmo mallorquín. De esta manera, el estudio del profesor Maíz Chacón permite a cualquier neófito situarse en la evolución histórica de la presencia judía en Mallorca. Referenciar especialmente del estudio del Dr. Maíz Chacón, la muy interesante bibliografía que incorpora (páginas 90 y siguientes de la monografía) con la principal bibliografía, autonómica, estatal e internacional, sobre la religión judía en Mallorca.

Una vez que nos hemos situado, gracias al tercer capítulo de la monografía en la evolución del judaísmo en Mallorca, el capítulo cuarto afronta el estudio de los judíos conversos en la Isla, bajo el título de Los Chuetas como segmento escindido de la comunidad judeoconversa de Mallorca. Este capítulo corre a cargo del Dr. Pedro de Montaner, Director del Archivo Municipal de Palma. El estudio del fenómeno “Chueta” (xueta, en catalán) es de un interés histórico-jurídico mayúsculo, y el apartado del mismo incluido en la monografía recensionada, aunque, evidentemente, no puede abordar la múltiple problemática que representa dicho fenómeno en la historia de la Isla, sí que permite suscitar el interés en el lector, tanto local como global, para que se adentre en un apartado de la historia religiosa, a mi entender, fascinante.

El estudio de Pedro de Montaner se centra en el origen genealógico de los judíos conversos mallorquines de inicio. Esta introducción conduce al elemento básico y transcendente, desde mi punto de vista, de la presencia de los judíos en Mallorca: la persecución de los judíos conversos en Mallorca. Así, el punto inicial del proceso de persecución lo podemos situar en el asalto al Call (barrio judío) de la Ciudad de Mallorca, en el año 1391. Fruto de dicho asalto, murieron más de 300 judíos. Una de las consecuencias de dicho episodio de violencia, fue el inicio de un proceso de conversión voluntaria de judíos al cristianismo. Aquí el autor describe un elemento que será básico para entender la cuestión “chueta” en Mallorca: los cristianos viejos, no se fiaban, a fortiori, de su conversión. Después de esta primera conversión voluntaria, se produjo, una segunda conversión, en esta ocasión obligatoria, en el año 1435, una conversión que ha sido calificada, como “violenta”. La conversión de 1435 provocó la desaparición del Call y de sus privilegios. Así, el autor concluye que, oficialmente, a partir de 1435 no hay ningún judío de religión, sólo quedarán judioconversos en Mallorca. Esto provoca que, la mundialmente conocida expulsión de los judíos de la Corona hispánica en 1492, no afectará a Mallorca ya que, desde el año 1435, oficialmente, no existían judíos en la Isla. Decir que existió un determinado número de judíos que se negaron a ser bautizados y convertirse al cristianismo en el citado año 1435, siendo expulsados todos ellos al Norte de África.

Debemos significar que el concepto de “chueta”, reconocido por la Real Academia de la Lengua Española, parte de la identificación, a finales del siglo XVII, de quince apellidos, fruto de los autos de fe realizados en ese siglo, que fueron vinculados, desde entonces, como pertenecientes a judeoconversos. Se apuntan en la obra igualmente determinados episodios violentos de persecución y represión a los judeoconversos y los elementos ideológicos y culturales que los fundamentaron. En este sentido, por su curiosidad histórica, es de destacar el papel que tuvo, en su momento, para la perpetuación de la estigmatización social de los apellidos vinculados a los judeoconversos mallorquines, las denominadas “gramalletes” (sambenitos) que, durante siglos, resultaron expuestos en el convento de San Domingo de la capital balear, en forma de cuadro, con la imagen del condenado portando la gramalleta, y el nombre (y apellidos) del mismo, intentando, de esta forma, alargar y perpetuar el carácter represivo de la sentencia y, con ello, la estigmatización social de los apellidos atribuidos a los judíos conversos mallorquines.

La gran conclusión del autor es que la responsabilidad histórica de la persecución de la comunidad judía balear, ha sido del conjunto de la sociedad insular, no siendo atribuible a un único colectivo o institución.

Debemos señalar, por último, que la obra se cierra con un último gran bloque referido a la situación presente de la Comunidad Judía en Mallorca. Este bloque viene encabezado por el capítulo titulado La Comunidad Judía en las Islas Baleares. Un punto y seguido permanente en la historia (estudio socio-jurídico), del Sr. Abraham Bachilón Gabizón, abogado y vicepresidente de la Comunidad Judía de las Illes Balears. De forma, en cierta manera anexa al anterior capítulo, se incorpora el discurso realizado en el XXV aniversario de la Sinagoga de Palma realizado por el Sr. D. David Kaisin, presidente de la Comunidad Judía de las Illes Balears. Debemos mencionar, para acabar, que se incorpora en este bloque, como apéndice documental, los Estatutos de la Comunidad Judía de las Illes Balears.

En resumen, el libro aquí recensionado es un interesante estudio, tanto a nivel histórico como presente, sobre la religión judía en Balears.

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