CAÑAMARES ARRIBAS, Santiago (2018): Igualdad religiosa en las relaciones laborales, Cizur Menor (Navarra), Thomson Reuters Aranzadi

Por Montserrat Gas Aixendri
Profesora de Derecho Eclesiástico del Estado
Facultad de Derecho de la Universitat Internacional de Catalunya

CAÑAMARES ARRIBAS, Santiago (2018): Igualdad religiosa en las relaciones laborales, Cizur Menor (Navarra), Thomson Reuters Aranzadi
26 de Diciembre de 2018

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Esta monografía del profesor Santiago Cañamares, Titular de la Universidad Complutense, aborda una de las cuestiones de mayor actualidad y relevancia en el ámbito del Derecho eclesiástico del Estado. La esfera laboral -uno de los entornos en los que las personas desarrollamos buena parte de nuestra existencia- ha experimentado en las últimas décadas un creciente influjo de la pluralidad religiosa que caracteriza las sociedades occidentales. Las convicciones religiosas tienen una vinculación directa con la identidad personal, con el modo de entender la vida, con las relaciones y el sentido de los compromisos adquiridos en la vida personal y social.

Por eso las relaciones laborales se han visto directamente afectadas por las manifestaciones de las creencias religiosas de los sujetos implicadas en ellas. Y no puede ser de otra manera. Hasta hace poco, el Derecho de los países occidentales prestaba escasa atención a este tipo de situaciones de conflicto. Las consideraba falsos conflictos en cuanto la libertad religiosa de los trabajadores cedía fácilmente ante las exigencias del contrato de trabajo. En el momento en que las creencias religiosas de un trabajador impedían el cumplimiento de sus obligaciones laborales, se producía lo que se consideraba un falso conflicto. En realidad, el trabajador podía ver restablecida su libertad religiosa con la rescisión de la relación laboral. Y este tipo de despido era considerado procedente.

En los últimos años hemos vivido un proceso de cambio en estos planteamientos, sobre todo a nivel legislativo y jurisprudencial. El creciente pluralismo religioso ha ido modificando paulatinamente la conciencia social, haciéndose más sensible a la necesidad de tutelar la diversidad de creencias religiosas y sus manifestaciones en el espacio público y privado, sin excluir el laboral. Las normas laborales son cada vez más sensibles a las situaciones de discriminación por motivos religiosos. Desde los años sesenta, Estados Unidos ha sido pionero en contemplar supuestos de discriminación laboral basada en factores como la “raza”, la edad, la nacionalidad o la religión (Civil Rights Act, 1964). En Europa se ha tardado más en legislar con claridad sobre esta materia, a través de la Directiva 2000/78, sobre igualdad de trato en el empleo.

Los cambios legislativos han sido decisivos, pero siguen dando un amplio margen de apreciación, motivo por el cual siguen produciéndose conflictos y el modo de resolverlos por parte de los tribunales no es uniforme. Por otra parte, la normativa en esta materia ha establecido excepciones para las empresas ideológicas o de tendencia, y para las entidades religiosas, las cuales tienen un amplio espacio de libertad para elegir a su personal teniendo en cuenta sus convicciones ideológicas y religiosas. Por esta razón se permite que estas entidades sometan a sus trabajadores a especiales obligaciones de lealtad hacia los principios doctrinales del grupo, de modo que resulta legítima la extinción de la relación laboral en caso de no respetarse tales principios en la propia actividad laboral.

La jurisprudencia en esta materia no es uniforme, dada la complejidad de armonizar la legislación general, con las excepciones y su aplicación a cada caso. De hecho, ha sido creciente el número de casos que han llegado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Éste ha analizado la proporcionalidad de las obligaciones de lealtad exigidas a los trabajadores por parte de las entidades religiosas, resolviendo de modo no uniforme, y siendo objeto de críticas por parte de la doctrina.

La monografía consta de cinco capítulos. En los dos primeros el autor toma en consideración el trabajador y su derecho de libertad religiosa personal en el ámbito del trabajo. El primero de ellos se titula “Libertad religiosa e igualdad del trabajador en las relaciones laborales”, donde se aborda la cuestión del ejercicio de la libertad religiosa por parte del trabajador, su igualdad y no discriminación, exponiendo principalmente el marco normativo español y europeo. El segundo trata sobre el llamado “derecho de acomodo” de las convicciones del trabajador en el ámbito de las relaciones laborales. Cañamares, que ya ha publicado diversos trabajos sobre esta cuestión, comienza exponiendo el tratamiento de esta cuestión en Estados Unidos y Canadá, considerados pioneros en esta materia. La segunda parte del capítulo se dedica a exponer las soluciones jurisprudenciales en Europa (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) y en España.

Los capítulos tercero a quinto abandonan la perspectiva individual para centrarse en la colectiva, es decir, la tutela de la libertad religiosa de las confesiones y entidades religiosas. El capítulo tres plantea el alcance de la libertad religiosa colectiva en el ámbito de las relaciones laborales, analizando la doctrina asentada por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la de los tribunales españoles. Se hace especial hincapié en el contenido de la autonomía propia de las confesiones religiosas y en los límites de la misma.

El cuarto capítulo pasa a centrarse en la autonomía de las confesiones religiosas y su garantía ante el personal que desarrolla tareas específicamente religiosas en su seno, tratando específicamente la llamada “excepción ministerial” y su tratamiento en el Derecho norteamericano, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y en el ordenamiento español.

El quinto y último capítulo también sobre las garantías de la autonomía de las confesiones en las relaciones propiamente laborales, y el derecho de estas entidades a contratar a sus empleados estableciendo discriminación por razón de religión, así como obligaciones acrecentadas de lealtad a la institución religiosa. También en este capítulo se introducen consideraciones de derecho comparado, tratando las garantías de la autonomía en el ámbito del Derecho comunitario, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el Derecho español y, finalmente en los Estados Unidos.

Se trata de un volumen que aborda de manera bastante completa y comprensiva la cuestión del factor religioso en el ámbito laboral. Son de apreciar las abundantes referencias de Derecho comparado, que permiten considerar la diversa sensibilidad del ámbito angloamericano y del europeo ante la relevancia del factor religioso en la esfera laboral. Será de gran utilidad tanto a especialistas de Derecho eclesiástico como de Derecho laboral. La monografía concluye con un amplio repertorio bibliográfico sobre las cuestiones tratadas que será de gran utilidad para analizar aspectos particulares presentados en la monografía. No nos queda más que felicitar al autor por este magnífico trabajo y a la editorial Thomson Reuters Aranzadi por su cuidada edición.

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