El laberinto ortodoxo español

Cuestiones de pluralismo, Volumen 1, Número 1 (1er Semestre 2021)
31 de Mayo de 2021
DOI: https://doi.org/10.58428/VJWT9092

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Por Francisco Díez de Velasco Abellán

El cristianismo ortodoxo es la tercera minoría religiosa en España en número de seguidores tras el islam y el cristianismo evangélico. Presenta una diversidad y un laberíntico encaje en el sistema español de relaciones con las confesiones que lo convierte en un reto fascinante.


 

Catedral de la Iglesia Ortodoxa Griega en Madrid. Autor: Francisco Díez de Velasco.
Catedral de la Iglesia Ortodoxa Griega en Madrid. Autor: Francisco Díez de Velasco.

La presencia de los ortodoxos en España pone a prueba, llevándolo a alguno de sus límites y evidenciando sus contradicciones, el abigarrado sistema de reconocimiento oficial de la diversidad religiosa en nuestro país. Pero también España se ha convertido en uno de los lugares donde los límites y las contradicciones de las políticas del reconocimiento entre los distintos modos de entender el cristianismo ortodoxo a escala global se plantean de manera paradigmática.

Un primer dato a tener en cuenta es que el cristianismo ortodoxo ha tenido un crecimiento muy destacado tanto en número como en denominaciones en nuestro país. En 1992, cuando se firmaron los acuerdos de cooperación con musulmanes, evangélicos y judíos por parte del Estado, solo había en España tres colectivos ortodoxos con actividad reseñable. Por una parte estaba la Iglesia Ortodoxa Griega, con presencia ininterrumpida desde finales de la década de 1940 y que contaba desde 1973 con un edificio notable en Madrid, que en la actualidad es la catedral del Patriarcado de Constantinopla, sede de su arzobispado para España y Portugal. Por otra parte, en Barcelona se localizaba la que se nombraba como “Iglesia Ortodoxa Española”, fundada a comienzos de la década de 1970 y que desde 1988 se integró en el Patriarcado de Serbia. Por último, la Iglesia Ortodoxa de Rumanía, activa de modo menos institucional con anterioridad, inscribió en el Registro de Entidades Religiosas en 1980 la comunidad que se concentraba en Madrid y que ha sido el núcleo del muy destacado desarrollo de esta iglesia en España, que cuenta en la actualidad con cerca de 120 parroquias. Estas tres iglesias no resultaban suficientemente significativas en 1992 como para que el Estado firmase un acuerdo de cooperación o siquiera reconociese el notorio arraigo a los ortodoxos, pero, y se trata de una cuestión significativa y peculiar, se apostó por parte de las autoridades, en una actuación que algunos han calificado de criptoregalismo, habida cuenta de la relevancia que tenía la ortodoxia griega para la familia de la reina de España, porque se asociasen en alguna medida a los privilegios que los acuerdos de cooperación estaban a punto de reconocer a judíos, musulmanes y evangélicos. Si bien la ubicación entre los dos primeros era inconcebible, la hospitalidad jurídica de los cristianos evangélicos fue el camino emprendido.

Y es que la actitud de la federación evangélica y de su principal representante en aquel entonces, José Cardona, en este proceso de institucionalización de la cooperación con el Estado, estaba siendo de abierta y franca colaboración. En 1982 habían comenzado las negociaciones para ahondar en la cooperación por parte de los cristianos evangélicos, en 1984 se les había reconocido el notorio arraigo, requisito clave para negociar un acuerdo de cooperación, en 1986 se había consolidado como interlocutor con el Estado la FEREDE (Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España). A pesar de no ser tenidos por evangélicos, ya que son una iglesia cristiana independiente con particularidades destacables, en las negociaciones se incluía a los adventistas bajo el amparo del acuerdo que negociaba FEREDE. En ese clima de proactividad, apertura y hospitalidad evangélica, se abrió la opción a las tres iglesias ortodoxas del momento para que se sumasen en una posición, no de membrecía plena con voz y voto, pero sí de inclusión que facilitase su acceso a los derechos, privilegios y amparo que los acuerdos estipulan.

Los responsables de la iglesia de Rumanía estimaron que se trataba de una solución demasiado anómala y que la lejanía doctrinal y canónica con los cristianos evangélicos no aconsejaba esta componenda. Por tanto fueron finalmente solo dos, tanto la Iglesia Ortodoxa Griega en España, como la nombrada como Iglesia Ortodoxa Española, las que se asociaron al acuerdo evangélico, y hasta hoy. Se encuentran por tanto en una posición cómoda, que les ampara entre otros diversos asuntos, por ejemplo, para gozar de exenciones en el pago de impuestos, como el IBI de sus locales de culto. Se trata de un botón de muestra, pero que puede resultar significativo, por ejemplo, que en la actualidad, la catedral del Patriarcado de Constantinopla, sita en Madrid, no paga IBI por estar asociada al acuerdo de cooperación evangélico, pero las catedrales ubicadas también en Madrid tanto del Patriarcado de Moscú como del de Rumanía, si lo tienen que pagar, y es que desde 1992 hay dos niveles de trato respecto de los ortodoxos en España, dependiendo de que estén o no incluidos en el acuerdo evangélico.

El posterior crecimiento de la ortodoxia en España ha ido complejizando este panorama. El progresivo aumento de la inmigración desde Rumanía ha poblado de parroquias ortodoxas rumanas el país, para dar asistencia a los centenares de miles de rumanos (que hay que recordar que en algún momento llegaron a ser la comunidad extranjera más numerosa en España por delante de los marroquíes), nuevos españoles que han hecho de su/nuestro país su patria de adopción, entre los cuales un destacado porcentaje se identifica con la ortodoxia. El crecimiento de parroquias ha sido exponencial, había una en 1992, eran 10 en 2003, 50 en 2009, 90 en 2013, 120 en 2020. Además, en 2017 se inauguró en Madrid la catedral, sede de un obispado ortodoxo rumano que se había establecido ya desde 2008. Por su parte el Patriarcado de Moscú institucionalizó en 2003 su establecimiento en España al registrar su primer centro de culto en Mallorca, aunque tenía varias comunidades incipientes desde cinco años antes. El proceso de crecimiento ha ido desarrollándose en los años posteriores, con 10 lugares de culto en 2007, 20 en 2012, 30 en 2020, y a finales de 2018 se estableció un obispado con sede en Madrid, ciudad que cuenta, por tanto, con tres catedrales ortodoxas, regidas por arzobispos en el caso de los patriarcados de Constantinopla y Moscú, y por un obispo (al que se añade un obispo auxiliar), en el de Rumanía.

En 2003 también se registró la primera comunidad copta en España. Se trata de una ortodoxia diferente a las iglesias que hemos visto hasta ahora, porque no están en comunión con ellas, ni con los católicos, desde hace más de 1500 años. Pero se consideran ortodoxos y, de hecho, en 2018 promovieron otra inscripción en el Registro de Entidades Religiosas bajo la denominación bien parlante de “Patriarcado de los Coptos Ortodoxos en España”. Y hay más colectivos de este tipo: en 2004 se inscribió la “Iglesia Apostólica Armenia de España” y en 2017 la “Iglesia Siriana Ortodoxa de Antioquía y todo Oriente en España”. Son las tres iglesias con clara presencia institucional en España del grupo que se suele clasificar como iglesias cristianas orientales, pero que se consideran ortodoxos.

Se plantea aquí la cuestión del reconocimiento entre iglesias y conviene introducir un nuevo elemento relativo al reconocimiento por parte del Estado. Desde los acuerdos de 1992 y hasta 2003 no había habido cambios. Estaba la Iglesia Católica, que tenía acuerdos de cooperación desde 1979, judíos, musulmanes y evangélicos (con el añadido de las dos iglesias ortodoxas asociadas a ellos) con acuerdos desde 1992 y luego el resto, sin acuerdos ni reconocimientos especiales. Pero entre 2003 y 2010 se reconoció por parte del Estado el notorio arraigo a cuatro confesiones, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (2003), los Testigos Cristianos de Jehová (2006), el budismo (2007) y la Iglesia Ortodoxa (2010). El notorio arraigo es un paso previo a la posibilidad de puesta en marcha de negociaciones para alcanzar un acuerdo de cooperación, pero también se ha ido dotando de ciertos privilegios, como el reconocimiento de ministros de culto, la validez civil de los matrimonios religiosos, la inclusión en la Comisión Asesora de Libertad Religiosa o en el Patronato de la Fundación Pluralismo y Convivencia, entre otros. Por tanto, ser identificados como ortodoxos es clave para asociarse con el reconocimiento del notorio arraigo y, caso de ponerse en marcha una negociación para acceder a un acuerdo de cooperación, para ser partícipes en ella. A la vez que se realizaba en 2010 la solicitud de notorio arraigo por parte de los ortodoxos, se constituyó la “Asamblea Episcopal Ortodoxa de España y Portugal”. Pero no incluía a coptos o armenios, pues solo forman parte las iglesias ortodoxas en comunión, que en España eran tanto los grupos ya revisados por su trayectoria dilatada que son los griegos/Patriarcado de Constantinopla, los rumanos, los de la Iglesia Ortodoxa Española/Patriarcado de Serbia y los rusos/Patriarcado de Moscú a los que se añaden la Iglesia Ortodoxa Búlgara en España (registrada en 2009) y la Iglesia Ortodoxa Georgiana (registrada en 2011).

Por tanto, si la interlocución del Estado se hiciese con esta asamblea episcopal, quedaría sin voz una parte de los que se consideran ortodoxos y que estarían incluidos en el reconocimiento del notorio arraigo (que recordemos que se aplica a todo ortodoxo). Y es que esta asamblea episcopal es un órgano regido por normas canónicas comunes a las iglesias ortodoxas en comunión que, por ejemplo, otorgan la presidencia de modo permanente al arzobispo del Patriarcado de Constantinopla, que es el patriarcado que ostenta la primacía y a partir del cual, a lo largo de los siglos, se han ido desgajando las diferentes iglesias ortodoxas que se reconocen como tales. El Registro de Entidades Religiosas no pudo inscribir esta asamblea, al no atender el requerimiento que se les hizo para subsanar algunas deficiencias de sus estatutos que impedían su inscripción. Si se pudo inscribir, en cambio, un órgano que pusieron en marcha rumanos y rusos y que nombraron “Federación Ortodoxa de España”, inscrita en 2018. Esta federación mantiene dos tipos de miembros, los de integración plena o pleno derecho, que serían las iglesias ortodoxas en comunión y tendrían voz y voto, y los asociados o con integración parcial, que se les acepta para que puedan acceder a los derechos resultantes de que se llegue a un acuerdo de cooperación con el Estado o a acuerdos con otras administraciones, pero que carecerían de voz y voto. Quedarían pues estos ortodoxos con asociación parcial en una situación algo parecida a la que tienen las dos iglesias ortodoxas incluidas en el acuerdo con FEREDE, accederían a los derechos y privilegios, pero sin capacidad decisoria.

En todo caso el éxito de esta Federación Ortodoxa de España ha sido limitado, puesto que solo los fundadores, rusos y rumanos, forman parte de ella. Y es que hay que evidenciar que tras la problemática del reconocimiento entre ortodoxos se entrelazan factores variados, no solo canónicos, y no el menor de ellos resulta el enfrentamiento que a escala global opone al Patriarcado de Moscú, el más numeroso en fieles y recursos y que cuenta con el amparo y apoyo del gobierno ruso, y el Patriarcado de Constantinopla, que ostenta la preeminencia honorífica y canónica, pero que tiene muy pocos seguidores, aunque una indudable influencia simbólica y doctrinal. El choque último ha tenido a Ucrania como eje, y al reconocimiento por parte de Constantinopla de la autocefalia de la Iglesia Ortodoxa de Ucrania en enero de 2019 como punto de inflexión. Como resultado de todo lo anterior, los rusos han dejado de participar en las asambleas episcopales ortodoxas puestas en marcha en distintos países, incluida la española, y en España han potenciado la Federación Ortodoxa de España como institución y han desgajado de la diócesis con sede en París a España y Portugal, creando el obispado con sede en Madrid poniendo a su cabeza a un arzobispo.

En suma, la situación actual en la ortodoxia española es que, por una parte, hay dos iglesias amparadas en el acuerdo evangélico que tienen unos derechos, que como vimos, incluyen hasta incluso exenciones de impuestos. Por otra parte, está el resto de los ortodoxos que, como consecuencia del reconocimiento del notorio arraigo, acceden a ciertos derechos, pero a los que interesa mucho dar el paso a negociar un acuerdo de cooperación ortodoxo que los equipare a los anteriores (y que los primeros no resienten en la misma medida al encontrase en un posición confortable en el acuerdo evangélico). Por último, y en un cierto “limbo”, estarían quienes se consideran ortodoxos, pero no son reconocidos de modo pleno por las iglesias ortodoxas en comunión y que cabe la duda de si tendrían una representación adecuada en el caso de que se negociase un acuerdo ortodoxo. Resulta que la iglesia ortodoxa con mayor presencia en España, que es la de Rumanía, no disfruta de las ventajas de un acuerdo de cooperación y hay ámbitos de interés, además del fiscal, que un acuerdo les abriría. Por ejemplo, el de la educación. Los tres acuerdos de cooperación de 1992 incluyen la posibilidad de desarrollar la enseñanza confesional evangélica, islámica y judía en la Escuela, si se llega a un cierto número de demandantes en los colegios e institutos. En España la población infantil susceptible de tener interés en una hipotética Educación Religiosa Ortodoxa sería principalmente la rumana, ya que hay zonas en las que los números de estos escolares son notables, suficientes para que se cumpliesen los mínimos de alumnado requeridos en muchos centros docentes.

Por tanto, el interés en un acuerdo de cooperación específico y propio resulta claro por parte de los grupos ortodoxos, actualmente mayoritarios, que no están incluidos en el acuerdo evangélico. Quedaría por plantear si tal acuerdo se justificaría y se ofrecerán a continuación algunas pinceladas argumentales. Por una parte, se podría esgrimir el peso del número. Los ortodoxos en España, todas las iglesias incluidas, a pesar de la dificultad de las aproximaciones estadísticas, se puede hipotetizar que no serían muchos menos que los cristianos evangélicos, y en todo caso multiplicarían por 20 a los judíos. Además, su implantación es sistemática en todo el país, resulta lo suficientemente dilatada en el tiempo, y en general la ortodoxia cristiana presenta especificidades suficientes de todo tipo para requerir un marco propio desde luego diferente del evangélico. Añádase que se mitigaría el problema de la desigualdad entre ortodoxos que hemos dibujado y que conforma, en lo abigarrado y discriminatorio, lo que se puede nombrar como el “laberinto ortodoxo español”. Pero también resolvería la incongruencia de la presencia de ortodoxos en el acuerdo evangélico. En 1992 eran dos iglesias, la griega y la denominada Iglesia Ortodoxa Española, pero al convertirse la primera en una diócesis en 2003, encabezada por un arzobispo, para la federación evangélica la fórmula parece aún más forzada que en sus primeros momentos y cada vez menos satisfactoria en un campo religioso como es el español en el que la ortodoxia ya no es una opción marginal, sino una de las minorías religiosas mayoritarias.

No se han negociado acuerdos de cooperación desde 1992, pero casi a treinta años vista, y dado que la fórmula en el caso de judíos, musulmanes y evangélicos parece resultar relativamente operativa y no se han avanzado pasos para optar por otra diferente, y tampoco, y esta vez a más de cuarenta años vista, se ha planteado una fórmula alternativa a los acuerdos de cooperación de 1979 con la Santa Sede, parecería que incluir nuevos actores resultaría una cuestión que podría resultar lógico tener en cuenta. Y, desde luego, el cristianismo ortodoxo resulta la confesión para la que más claramente estaría justificado el esfuerzo de poner en marcha ese tipo de negociación.

Cómo citar este artículo

Díez de Velasco Abellán, Francisco, "El laberinto ortodoxo español", Cuestiones de Pluralismo, Vol. 1, nº1 (primer semestre de 2021). https://doi.org/10.58428/VJWT9092

Para profundizar

  • Díez de Velasco Abellán, Francisco (Ed.); Contreras, Victoria; Rodríguez, Roberto; Pou, Sergio y Salguero, Óscar (2015). Las iglesias ortodoxas en España. Madrid: Akal.
  • Díez de Velasco Abellán, Francisco (Ed.); Salguero, Óscar; Pou, Sergio; Contreras, Victoria y Rodríguez, Roberto (2020). Las iglesias ortodoxas en España: retos y perspectivas. Madrid: Ediciones Clásicas.
  • Díez de Velasco Abellán, Francisco y Salguero Montaño, Óscar (2020). “Las iglesias ortodoxas entre lo global, lo nacional y lo transnacional: apuntes sobre el caso español”. Revista Cultura & Religión 14(1), 40-58. https://doi.org/10.4067/S0718-47272020000100041
  • Torres Gutiérrez, Alejandro (Coord.) (2020). Estatuto jurídico de las Iglesias Ortodoxas en España. Autonomía, límites y propuestas de lege ferenda. Madrid: Dykinson. https://doi.org/10.2307/j.ctv17hm94x

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